domingo, noviembre 16, 2014

IMPLICACIONES DE LA ELIMINACIÓN DE LA CONSULTA ESTAMENTARIA PARA LA DESIGNACIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR.


16 de noviembre de 2014.

Sergio Andrés Muñoz.
Abogado, Universidad Popular del Cesar. Miembro de la Organización Colombiana de Estudiantes, OCE, y del Polo Democrático Alternativo.

Twitter: @sergioandresmn


A través del Acuerdo 037 de 2014, el Consejo Superior Universitario ha decidido eliminar las consultas de los estamentos que componen nuestra Alma Mater en el proceso de designación del rector y modificar los requisitos y condiciones para ser rector, encuadrándolos a los intereses de quienes componen el máximo órgano de la UPC. Este reciente y peligroso atentado por parte del CSU a la comunidad académica de la UPC revista suprema gravedad. Pasaremos a explicarlo detalladamente, pero primero retomaremos las palabras de Juan Carlos Yepes Ocampo, quien funge como representante de los docentes ante el CESU, sobre lo antidemocrático que es el Consejo Superior Universitario de las universidades públicas, y el control del Gobierno Nacional en este cuerpo colegiado:

“Un buen ejemplo que sirve de partida para la discusión es el relacionado con la conformación de los consejos superiores, organismos máximos de dirección universitaria que se constituyen, a través del influjo de las elites gobernantes y de la clase política, en verdaderos aparatos de control y dominación, que funcionan a través de un sistema similar al de las correas de transmisión o bandas transportadoras. Las alianzas efectuadas entre los integrantes del gobierno central y regional (léase representante del Ministerio de Educación, representante de la Presidencia de la República, y Gobernador o su delegado) con los representantes de Gremios o sector productivo (generalmente adeptos a las directrices gubernamentales especialmente en los niveles territoriales-regionales), Ex Rectores (que regularmente se pliegan al continuismo de sus prácticas de administración que igualmente fueron respaldadas en lo fundamental por los gobiernos de turno) y en muchas oportunidades con el favor de los representantes de las directivas académicas (que de costumbre se encarnan en un Decano o en otro miembro de la comunidad universitaria que depende o se constituye en subalterno directo del Rector), producen un escenario de dirección universitaria altamente desequilibrado cuando de legitimidad se trata. Quedan entonces escasos tres integrantes de naturaleza ligada estrictamente al concepto de comunidad universitaria, los profesores, los estudiantes y los egresados. ¿En qué términos puede sostenerse la supuesta legitimidad de Consejos superiores que desatienden y desprecian de manera recurrente y sistemática el clamor de los estamentos estudiantiles y profesorales? ¿Puede invocarse la autonomía universitaria para que las mayorías en estos cuerpos colegiados sometan a sus intereses lo que pertenece a la comunidad universitaria y a la sociedad en su conjunto? La explicación manida según la cual el estudiante y el profesor deben someterse a las reglas de las mayorías y acatar lo que definan permanentemente esos grupos que posicionan su voluntad en los consejos superiores es por lo menos un argumento falaz, que exige revisar el diseño adoptado para la composición de los cuerpos colegiados… El gobierno de los académicos para la academia, la dirección de la educación superior para el cumplimiento estricto de los fines misionales universitarios, parece que ha llegado a su fin, o por lo menos, se siente con fuerza un vertiginoso proceso de extinción progresiva de lo que antes fuera la universitas.” [1]

El Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar considera que las elecciones son peligrosísimas y que todos los miembros de la comunidad universitaria son funcionales y partícipes de la corrupción y de la venta de sus consciencias.

Dicen blindar la universidad, pero contra la propia comunidad universitaria, no contra la politiquería. Mientras afirman esto, concentran el poder burocrático.

1. Eliminar las consultas estamentarias para la elección del rector es un nuevo y grave atropello por parte del Consejo Superior Universitario de la UPC, ya que restringe y elimina la poca democracia que hay al interior de la UPC.

2. El anterior sistema de elección de rector, consulta estamentaria no vinculante (sólo para elegir la terna, que después pasó a ser cinco) y posterior designación del rector por parte del Consejo Superior, sin que la consulta los obligue, era un mal sistema. Pero este es mucho peor, es un grave retroceso. De Guatemala pasamos a Guatepeor.

3. El Acuerdo viola la unidad de materia. Reforma el reglamento interno y el Estatuto General.

4. Este Acuerdo reforma el Estatuto General a través de un Acuerdo reglamentario de designación del rector. Es como si la Constitución fuera modificada por un decreto o ley ordinaria.

5. La forma en que se compone el consejo superior es antidemocrática. Predominan los puestos del gobierno y externos.

6. El representante estudiantil es un solo voto.

7. El hecho de que sea el Consejo Superior el que elija y designe el rector, aún con presencia del representante estudiantil, es una forma de recortar la democracia y burlarse de ella.

8. Si transmitimos el mensaje de que el gran problema, sobre la designación de rector, es que no haya representante estudiantil, estamos legitimando la antidemocracia y anteponiendo intereses particulares a los supremos intereses generales.

9. Se consolida una especie de dictadura por parte del Consejo Superior Universitario, abriendo la puerta para una serie de arbitrariedades, desconociendo a los estamentos.

10. Esta reforma va de la mano con el Acuerdo Por Lo Superior 2034, del presidente Santos y la ministra Gina Parody, en el cual se busca excluir a docentes y estudiantes de los órganos de dirección y gobierno para trasladarlos a “órganos asesores”, tal cual se lee en el lineamiento 71: “Diseñar estrategias para favorecer una participación diversa, plural y colegiada de representantes de estudiantes y profesores en los órganos asesores representativos de la dirección política de las instituciones de educación superior.”

11. Bajo el esquema de Universidad como negocio se debe recortar constantemente la democracia.

12. Defendemos la democracia participativa al interior de nuestra Alma Máter, y no la recortada y restringida democracia representativa.

13. La Corte Constitucional, en sentencia C-829 de 2002 afirma: “De igual modo se precisa por la Corte que la autonomía universitaria ha de entenderse en armonía con lo preceptuado por el artículo 68 de la Constitución en cuanto en él se establece que la comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación. Es decir, que la autorregulación que a las universidades garantiza el artículo 69 de la Carta no podrá, en ningún caso prescindir de quienes integran la comunidad educativa (docentes, estudiantes, personal administrativo), y, en cambio, será indispensable establecer mecanismos internos que les permitan expresarse sobre todos los asuntos que interesan a la vida académica y administrativa de la universidad, así como la posibilidad de participar efectivamente en las decisiones correspondientes. Se abandona pues un criterio autoritario en la universidad para dar cabida de manera concreta al principio de la democracia participativa en los claustros.”[2]

14. En la Universidad de Nariño el Estatuto General establece que al Rector lo elige la comunidad estudiantil (Pregrado, postgrado, grados 10 y 11 del Liceo de Bachillerato)  y la comunidad docente (tiempo completo, ocasionales, catedráticos, profesores del colegio de bachillerato), en elecciones directas, con un peso del 50% cada estamento. Carlos Solarte Portilla, rector electo de la U. de Nariño. Explica que éste método de elección “tiene un gran beneficio: se materializa la democracia y autonomía universitaria. No sólo se trata de un voto, sino de respaldar una propuesta, una trayectoria y una hoja de vida analizada por una comunidad pensante. Además, semestralmente, para el caso de decanos y directores, se hace una evaluación.” [3] La Universidad de Nariño elige a su rector de manera directa y ese fue el único rector que se movilizó junto a los estudiantes contra el Acuerdo 2034.

La Asamblea General de la UPC tiene dos exigencias frente a esta afrenta, las cuales hará valer:

1. Anular íntegramente estas antidemocráticas medidas que eliminan las consultas estamentarias y modifican las reglas de juego para elegir rector.

2. Establecer de manera inmediata mecanismos y formas de participación multiestamentaria directa y real que concluyan en una reforma estatutaria que establezca la elección directa del rector de la Universidad, por parte de los estamentos upecistas y con voto ponderado.

Recordemos las sabias palabras de los estudiantes de la Universidad de Córdoba, en Argentina, y su manifiesto de 1918, hito para el movimiento estudiantil y universitario de América y de todo el mundo: “No podemos dejar librada nuestra suerte a la tiranía de una secta religiosa, ni al juego de intereses egoístas. A ellos se nos quiere sacrificar… Recojamos la lección, compañeros de toda América; acaso tenga el sentido de un presagio glorioso, la virtud de un llamamiento a la lucha suprema por la libertad: ella nos muestra el verdadero carácter de la autoridad universitaria, tiránica y obcecada, que ve en cada petición un agravio y en cada pensamiento una semilla de rebelión.

 La juventud ya no pide. Exige se le reconozca el derecho a pensar por su propia cuenta. Exige también que se le reconozca el derecho a exteriorizar ese pensamiento propio en los cuerpos universitarios por medio de sus representantes. Está cansada de soportar a los tiranos. Si ha sido capaz de realizar una revolución en las conciencias no puede desconocérsele la capacidad de intervenir en el gobierno de su propia casa.”

Veremos quién es el verdadero superior. 


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