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sábado, septiembre 15, 2018

UNIVERSIDAD NACIONAL EN EL CESAR: SÍ, PERO NO ASÍ.

15 de septiembre de 2018.


Sergio Andrés Muñoz

Abogado. Estudiante de Comunicación Social de la Universidad de Cartagena. Miembro de la Organización Colombiana de Estudiantes, OCE.





Luego de casi cinco años y una inversión de cerca de $62 mil millones de pesos de regalías del departamento en infraestructura[i] [ii], la primera fase de las instalaciones de la sede La Paz de la Universidad Nacional fueron entregadas el día 10 de septiembre de 2018. Sin embargo la rectora Dollys Montoya explica que: “Sin embargo, aunque recibimos las instalaciones, la inauguración oficial de la sede con la indispensable apertura de carreras universitarias se llevará a cabo única y exclusivamente cuando dispongamos de los recursos prometidos por el Gobierno Nacional para la conformación de la planta docente de la sede de La Paz. Por el momento, para el primer semestre del año 2019, la Universidad comenzará con la admisión de estudiantes de la región mediante el Programa Especial de Admisión y Movilidad Académica (Peama) en 74 programas. Estos estudiantes iniciarán sus estudios en la sede por máximo cuatro semestres y viajarán a completar sus estudios en las sedes de Bogotá, Medellín, Manizales o Palmira”.[iii]

El presente artículo fue escrito en noviembre de 2012. En él se analizaba las situaciones de la Universidad Nacional, de la Universidad Popular del Cesar, y de la sede de la Universidad Nacional en el Cesar, y se demostraba que sin un compromiso estatal y unas fuentes de financiación adecuadas y permanentes por parte del gobierno nacional, la sede de la Universidad Nacional en La Paz sería un espejismo, ya que sería insostenible. Evidentemente las cifras han cambiado, pero la crisis de la educación pública sólo se ha profundizado. Prueba de ello es que la Universidad Nacional necesita $60 mil millones para cubrir gastos de funcionamiento en un plazo máximo hasta diciembre de 2018.

A continuación el artículo:

“Si bien toda universidad tiene que pensar en su país, una universidad
nacional debe pensar en su país mucho más claramente y tener, además,
ese país como objeto de estudio y de reflexión, porque ese es su sentido
de existencia”.

Guillermo Páramo Rocha, rector Universidad Nacional de Colombia 1993-1997.


Hoy por hoy se sigue discutiendo el proyecto de una sede de la Universidad Nacional en el departamento del Cesar. Sin dudar de sus buenas intenciones, la mayoría de sectores le han puesto más corazón que razón a esta iniciativa. En el documento “Calidad Académica Y Autonomía Responsable - Plan global de Desarrollo 2013-2015” de la Universidad Nacional se puede leer “la demanda nueva insatisfecha por educación superior crece año a año y se acumula con la de los años anteriores…La vía más fácil ha sido promover la inversión privada y flexibilizar la normatividad para que más instituciones incursionen en el mercado, orientadas principalmente hacia el nivel técnico y tecnológico.”[iv]

EL CASO DE COLOMBIA.

Lo anterior se comprueba con la pobre inversión estatal en Educación Superior. Mientras los Estados miembros de la OECD invirtieron, a 2011, US$ 12.336 por estudiante al año, Brasil destinó US$ 10.294 anuales, Chile US$ 8.130, México US$ 6.462, Colombia invirtió una pobre suma por estudiante al año, levemente superior a US$ 2.000.[v]

Lejos de mejorar, esta terrible situación se recrudece: entre 1993 y 2012 los aportes de la Nación a las universidades públicas colombianas representa en promedio el 0,43% del PIB.[vi]

Y la situación en el componente de Ciencia y Tecnología es aún más desalentadora. En el año 2008 Colombia invirtió a este importante renglón el 0.18 por ciento del PIB. Nuestros vecinos en la región invirtieron cifras significativamente mayores. Brasil: 1.30%; Chile: 1.15%; Argentina: 1%; y México: 0.85% de su PIB.[vii]

¿CUÁL ES LA SITUACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL?

La Universidad Nacional de Colombia fue creada mediante la Ley 66 del 22 de septiembre de 1867 como la Institución mediante la cual el Estado organizaba y desarrollaba las políticas de Educación Superior para el país. Esta universidad fue bautizada en sus inicios como Universidad Nacional de los Estados Unidos de Colombia, de carácter nacional. Ostentaba un cierto grado de autonomía frente al Gobierno Central y total financiamiento por parte del Estado. En sus inicios contaba con seis escuelas: la Escuela de medicina, de derecho, de ciencias naturales, de ingenieros, de artes y oficios, de literatura y filosofía. A partir de la ley orgánica número 68 de 1935, bajo el gobierno de Alfonso López Pumarejo, se efectuaron reformas que, además, conllevaron a la construcción de la Ciudad Universitaria para agrupar las dispersas Escuelas. En decadas subsiguientes se modernizó y se organizó en facultades e institutos. En la decada de los 70 abrió, por primera vez en el país, programas de maestría y doctorado, con el fin de vincular a la Institución y al país a las grandes ligas del conocimiento. El Decreto-ley 1210 de 1993, Rrégimen orgánico de la Institución, dice que la naturaleza de la UN es ser “un ente universitario autónomo del orden nacional, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, con régimen especial, cuyo objeto es la educación superior y la investigación, a través de la cual el Estado, conforme a la Constitución Política, promoverá el desarrollo de la educación superior hasta sus más altos niveles, fomentará el acceso a ella y desarrollará la investigación, la ciencia y las artes para alcanzar la excelencia.”

Actualmente la Universidad Nacional ofrece 94 programas de pregrado en diversas áreas del conocimiento y 343 programas de posgrado que incluyen 111 especializaciones, 38 especialidades del área de la salud, 140 maestrías y 54 doctorados. En la administración de Moisés Wasserman los estudiantes matriculados pasaron de 43.025 a 48.880, los docentes de planta pasaron de 2.964 a 2.974 y los ocasionales 726 a 987. Es decir, la política santista implementada por el rector Wasserman fue la de aumentar un docente de planta por cada 586 estudiantes. Para el mismo periodo, la oferta en programas de posgrado aumentó en 24% (132 nuevos programas), concentrando actualmente el 75% de la oferta académica de la Universidad Nacional en posgrados. Esto se da y profundiza porque los costos académicos de posgrados se destinan a las facultades de la UN, mientras que las matrículas de pregrado, que son notoriamente más bajas, se destinan al nivel central de la Universidad. El aumento en la oferta de posgrados es una consecuencia derivada de la grave desfinanciación a la que el Estado colombiano ha sometido a la universidad pública.[viii]

La planta de personal docente de la Universidad Nacional cuenta con 2933 docentes en 2012 frente a 3081 que había en el 2002. De estos, 225 cuentan con estudios de pregrado; 231 con especialización; 1435 con maestría; y 1042 con doctorado.[ix] Respecto a investigación, la UN contaba en 2011 con 487 grupos de investigación categorizados por Colciencias y 420 sin categoría, para un total de 907 grupos de investigación de la UN.[x] Los 487 grupos categorizados se clasifican así: categoría A1: 56; categoría A: 61; categoría B: 116; categoría C: 114; y categoría D: 140. [xi]

Los recursos girados por la Nación a la Universidad Nacional en cumplimiento del artículo 87 de la Ley 30 de 1992 vienen decreciendo. Los aumentos en los índices de la Universidad Nacional han tenido que ser financiados con recursos propios. Además, los estudiantes de postgrado y pregrado han crecido notoríamente, pero el resultado ha sido el decrecimiento de la inversión estudiante por año. ¿Y cómo ha evolucionado el presupuesto de la Universidad Nacional entre 2004 y 2010? La siguiente gráfica lo ilustra:


En el año 2000 la Nación aportaba el 82% y los recursos propios de la Universidad representaban el 18%, para el año 2011 esta relación pasó a ser de 57% de recursos de la Nación y un 43% de recursos propios. Entre los años 1993 y 2008 el presupuesto general de la Universidad Nacional  tuvo un crecimiento de más de 180%, pero esto se dio sobre la base del escandoloso aumento de los recursos propios en un porcentáje del  498% y los provenientes de la Nación tan solo en un rídiculo 56%.[xiii]

“Según el rector de la Universidad Nacional de Colombia, profesor Ignacio Mantilla Prada, estos 100 mil millones de pesos (adicionales del Ministerio de Educación a las universidades públicas)[xiv] se van a repartir igual que los 66 mil millones adicionales que hubo este año. Es decir, un 50% se distribuye entre las 32 universidades públicas de acuerdo con los presupuestos de cada una y el resto, según los criterios del Ministerio, los cuales establecen que se entregan en proporción inversa a los presupuestos. En el caso de la UN, dichos criterios son inequitativos con los logros y la calidad de la Institución. El rector de la UN indicó que “la Universidad ha venido utilizando recursos propios para poder sostener los gastos de funcionamiento”. Según él, “se está presentando un desfinanciamiento que, con el tiempo, lleva a que el financiamiento del Estado no llegue ni siquiera al 50% del presupuesto de la Universidad””[xv]

En la publicación de la Universidad Nacional “Situación física de algunos edificios de la Ciudad Universitaria” de mayo de 2012, se observa la precaria situación de infraestructura, siendo necesarios $2 billones de pesos aproximádamente para su adecuación y recuperación. Esto pretende solventarse a través del proyecto de ley No. 192 de 2012, radicado en la Cámara de Representantes, con el fin de crear la Estampilla Universidad Nacional de Colombia y Hospital Universitario de la Universidad Nacional de Colombia, cuyo objetivo es recaudar hasta un billón de pesos a precios constantes de 2012. La lectura del articulado ante esta iniciativa evidencia que la misma es deficiente ante la urgencia de invertir dicho monto destinado a infraestructura que, además, es inferior en un billón de pesos a lo necesitado, según 18 exrectores de la UN[xvi]. Acertadamente se señala en su exposición de motivos que “el presente proyecto de ley no solamente es de interés para una institución de educación superior, es la responsabilidad y el compromiso de toda una Nación que sabe que en la educación y la preparación de sus ciudadanos se encuentra el camino hacia un mejor futuro económico, social y humano. El interés de que este proyecto se apruebe se encuentra en cada colombiano que espera que el Estado venza en la batalla contra la inequidad, la exclusión social, la miseria y la violencia a través del apoyo irrestricto a la educación pública de calidad.”

¿CUÁL ES LA SITUACIÓN DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR?

La Universidad Popular del Cesar nace producto de la transformación del Instituto Tecnológico Universitario del Cesar, ITUCE (1973), en Universidad Popular del Cesar (1976) gracias a un majestuoso despliegue liderado por el movimiento estudiantil y el movimiento cívico de la época. Su existencia legal se dio mediante la Ley 34 del 19 de noviembre de 1976.

LA UPC se crea “como establecimiento público autónomo, con personería jurídica, cuyo objetivo primordial será la investigación y la docencia a través de programas que conduzcan a la obtención de licenciaturas, grados profesionales y títulos académicos, como el de doctor.”Además “La naturaleza jurídica, la organización administrativa y la estructura académica o programas de estudios e investigación de las facultades, institutos, escuelas y departamentos de la Universidad Popular del Cesar, serán los mismos de la Universidad Nacional de Colombia, de conformidad con la Ley 65 de 1963 y demás disposiciones legales, excepto su Consejo Superior Universitario.”[xvii] Se debe decir que las diversas asesorías estipuladas por la ley 34 de 1976 no fueron tenidas en cuenta y cesaron. Peor aún, las del ICFES se convirtieon en un instrumento de injerencia en las decisiones autónomas de la UPC.

LA UPC abrió sus puertas en agosto de 1977 a traves de tres Facultades y cuatro programas académicos: Ciencias de la Salud, Ciencias Administrativas y Contables y Ciencias de la Educación. Los programas eran: Enfermería, Administración de Empresas y Contaduría Pública, y Matemáticas y Física. En ese entonces se inició con 3 profesores de tiempo completo, 1 de medio tiempo y 9 catedráticos.[xviii]

La financiación de la UPC, en contravía de lo definido en el artículo 7° de la ley a través de la cual fue creada[xix], ha sido uno de sus principales problemas, debido a que el Estado colombiano la ha abandonado a su suerte. Los aportes de la Nación pasaron de representar el 78,11% en 1996 al ínfimo 42,72% en el 2012. Los recursos propios pasaron de ser el 21,89% al 57,28% en el mismo lapso. Mientras los recursos de la Nación han crecido en un promedio anual de 29% en 16 años, los recursos propios de la UPC han crecido en un 166%. Además de esto, poco más del 90% del Presupuesto General de la UPC es destinado a gastos y sólo lo restante a inversión, esencia para el cumplimiento de los fines misionales de la Institución. Y un altísimo porcentaje de los recursos propios proviene del cobro de derechos académicos, siendo el factor más representativo de esta desigual formula el cobro de la matrícula financiera de pregrado. Precisamente éstas vienen creciendo desenfrenadamente a un ritmo promedio de 7,3% desde el 2003 hasta la fecha.[xx]  

En el año 2000 la UPC contaba con 5898 estudiantes en pregrado; en el primer semestre del 2012 dicho número ascendió a 13106 estudiantes. El aumento se ha dado sobre la base de una ampliación irresponsable de los cupos con el objetivo de captar los recursos faltantes por medio del cobro de matrículas.


LA SEDE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EN EL CESAR.

En la Universidad Nacional son admitidos a pregrado 11 de cada 100 aspirantes. Para aumentar el número de graduados en este nivel formativo, la estrategia principal, según una encuesta realizada por dicha Institucióna su comunidad, es la creación de nuevas sedes regionales.[xxi]

Se debe resaltar que la Universidad Nacional es clara y enfática en expresar que las sedes de presencia nacional de la Universidad Nacional operan, bajo su forma principal, a través de proyectos de inversión y no de los giros estatales que se hacen a la Universidad, que constituyen recursos del Presupuesto General. Se deja a un lado la inclusión de estos costos al presupuesto de funcionamiento de la UNAL, siendo esto necesario y fundamental para garantizar la existencia y  permanencia de estas sedes.[xxii]

“La Universidad Nacional de Colombia hará presencia en las distintas regiones con estrategias y actividades académicas propias para cada una de ellas, atendiendo a las potencialidades, expectativas y planes de desarrollo regionales. Para el efecto la Universidad Nacional fortalecerá sus sedes existentes, podrá crear nuevas sedes o se aliará estratégicamente con instituciones de educación superior regionales, de acuerdo con estudios de pertinencia académica y social y de sostenibilidad económica e incorporará las más modernas tecnologías de información y comunicación en aras de la optimización de sus recursos técnico-científicos y económicos.[xxiii]

Pero para que se cumplan dichos objetivos “deberán estar establecidas las responsabilidades del Estado en la financiación de la Universidad Nacional para soportar el crecimiento, asegurandola financiación completa de los gastos de funcionamiento, los recurrentes y los derivados de las nuevas inversiones que sean necesarias.”[xxiv]


El rector de la Universidad Nacional, Ignacio Mantilla, dijo muy claro en su cuenta de Twitter el 22 de septiembre que “sólo con financiación total abriremos nueva sede” en el Cesar. Exigencia acertada para tener un verdadero centro de pensamiento que promueva el desarrollo y la transformación de nuestra sociedad, y no un lastre para nuestras maltrechas finanzas, una sede que entraría a sostenerse con recursos propios promoviendo la privatización, un enfermo que podría pasar a estado terminal.

Nota: Lastimosamente, el rector Ignacio Mantilla terminó apoyando la apertura de la sede de la Universidad Nacional sin contar con los recursos para su funcionamiento.






[iv] Calidad Académica Y Autonomía Responsable - Plan global de Desarrollo 2013-2015 - IDEAS RECTORAS 23/07/2012 - DOCUMENTO 1: MOMENTO EXPLICATIVO.
[v] OECD, Education at a Glance, Paris 2011.

[vi] Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Respuesta del Dr. Omar Montoya Hernández Director de Presupuesto Público Nacional (e), al Dr. Luis Enrique Arango Jiménez Presidente del SUE, Bogotá, D. C. Junio 28 de 2012.

[vii] "Hay que invertir más en ciencia y tecnología" http://www.mineducacion.gov.co/observatorio/1722/article-173325.html

[viii] División Nacional de Presupuesto. Universidad Nacional. Cálculos Gerencia Nacional Financiera y Administrativa. A partir de la vigencia 2005-2011

[ix] Revista Estadísticas e Indicadores de la Universidad Nacional de Colombia (2002- 2012). Dirección Nacional de Personal. Información de 2012 con corte a 31 de mayo de 2012.

[x] Vicerrectoría de Investigación Universidad Nacional, a partir de la publicación Indicadores de Ciencia y Tecnología 2011.

[xi] Vicerrectoría de Investigación Universidad Nacional, a partir de consultas a SNCTI con corte 30 de Noviembre de 2011.

[xii] Revista de estadísticas e indicadores de la UN. Oficina Nacional de Planeación. 2011.

[xiii] GERENCIA NACIONAL FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA, UN, Situación presupuestal vigencias 1993 – 2008, proyecciones 2012, 2008.

[xiv] Aclaración personal.

[xv] Urge resolver presupuesto de universidades públicas - Bogotá D. C., sep. 27 de 2012 - Agencia de Noticias UN-  http://www.agenciadenoticias.unal.edu.co/ndetalle/article/urge-resolver-presupuesto-de-universidades-publicas.html

[xvi] http://www.agenciadenoticias.unal.edu.co/ndetalle/article/exrectores-de-la-un-piden-al-gobierno-invertir-en-deteriorado-campus-de-bogota.html

[xvii] Ley 34 del 19 de noviembre de 1976. Artículos 1° y 2°. ftp://ftp.camara.gov.co/camara/basedoc/ley/1976/ley_0034_1976.html

[xix] ARTÍCULO 7o. El Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Educación y de los organismos de Planeación incluirá dentro del Presupuesto Nacional las partidas o apropiaciones necesarias para el funcionamiento y dotación de la Universidad Popular del Cesar, quedando igualmente facultado para verificar las operaciones de créditos, contracréditos y traslados del caso para darle cumplimiento a la presente Ley. LEY 34 DE 1976.

[xx] Los datos y cifras de la Universidad Popular del Cesar son tomados de los respectivos Acuerdos y de información oficial otorgada por la UPC a través de la rpesentación de derechos de petición.

[xxi] RESULTADOS FINALES ENCUESTA CALIDAD ACADÉMICA Y AUTONOMÍA RESPONSABLE, Oficina Nacional de Planeación Universidad Nacional, Octubre de 2012

[xxii] Calidad Académica Y Autonomía Responsable - Plan global de Desarrollo 2013-2015 - IDEAS RECTORAS 23/07/2012 - DOCUMENTO 1: MOMENTO EXPLICATIVO. Pág. 48.

[xxiii] Calidad Académica Y Autonomía Responsable - Plan global de Desarrollo 2013-2015 - IDEAS RECTORAS 23/07/2012 - DOCUMENTO 1: MOMENTO EXPLICATIVO. Págs. 57-58.

[xxiv] Calidad Académica Y Autonomía Responsable - Plan global de Desarrollo 2013-2015 - IDEAS RECTORAS 23/07/2012 - DOCUMENTO 1: MOMENTO EXPLICATIVO. Págs. 60-61.

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lunes, abril 23, 2018

PLAN FUNESTO DE EDUCACIÓN.

23 DE ABRIL DE 2018.

Sergio Andrés Muñoz.

Abogado. Estudiante de Comunicación Social de la Universidad de Cartagena. Miembro de la Organización Colombiana de Estudiantes, OCE.



La Alcaldía Mayor de Cartagena ha radicado ante el Concejo Distrital el “Plan Maestro de Educación Cartagena 18 – 33”, una propuesta que se plantea como ambiciosa la cual sólo quedará como un cúmulo de buenas intenciones y un negocio para unos cuantos, profundizando la privatización.

El denominado Plan Maestro de Educación tiene tres problemas principales, pero no únicos:

1. Su procedencia: El Plan Maestro de Educación ha sido una propuesta elaborada a espaldas de la comunidad educativa y de la sociedad cartagenera. Si bien se acreditan unas reuniones con algunos actores, especialmente órganos del gobierno y empresa privada, el hecho clave es que estas reuniones no fueron espacios reales ni permanentes de discusión y elaboración de dicho Plan y, sobre todo, los actores principales de la comunidad educativa y de la sociedad cartagenera no han sido partícipes de la elaboración del documento de Plan Maestro, lo que excluye las visiones que se tengan sobre la educación y las diferentes propuestas para sacar a la educación cartagenera de la profunda crisis que sufre. El principal problema de que haya un Plan Maestro de Educación inconsulto es que éste carece de legitimidad y de la amplitud que requiere la educación en Cartagena.

2. Su financiación: En las declaraciones a los medios de comunicación el Secretario de Educación Distrital, Jaime Hernández Amín, anunciaba que el objetivo era financiar el plan con $ 8,3 billones de pesos. Sin embargo, en el proyecto de Plan Maestro presentado al Concejo de Cartagena, se establece que la inversión total del Plan Maestro será de $5,8 billones, $2,5 billones menos de lo necesario, lo que llevaría a un déficit en la aplicación y materialización de dicho Plan Maestro.

Además, de esos $5,8 billones de financiación del Plan Maestro tan sólo apropiará recursos propios y de crédito hasta por $ 2,2 billones, menos de la mitad de la financiación requerida, de los cuales $ 210 mil millones saldrán del endeudamiento de Cartagena, un distrito que no aguanta una deuda más, deudas que siempre se trasladan a los bolsillos de los cartageneros.

Los $ 3,6 billones restantes se dice que “se gestionarán a nivel nacional o internacional en los próximos 15 años”. Dicha afirmación es absolutamente irresponsable. Estamos frente a un Plan Maestro que no cuenta con fuentes ciertas de financiación; que se sustenta con base al endeudamiento; y que dependerá mayoritariamente de la inversión privada, entregando un derecho fundamental, como es la educación, para que unos cuantos hagan negocios.

3. El estado actual del Concejo Distrital: Cartagena de Indias se encuentra sumergida en una profunda crisis, iniciando por la crisis institucional y de gobernabilidad, empezando por el alcalde (e), Sergio Londoño Zurek, un alcalde encargado, impuesto por el gobierno de Juan Manuel Santos, birlando el derecho fundamental de los cartageneros a elegir sus gobernantes. A esto se debe sumar la situación del Concejo Distrital, en el que más de la mitad se encuentra bajo investigación y con medidas de aseguramiento. Una corporación de 19 miembros está reducida a ocho cabildantes.

Hoy el Concejo de Cartagena es una entidad desacreditada, que no genera confianza en la ciudadanía, que no es representativa y que no refleja los intereses y necesidades de los cartageneros. No es posible dejar una decisión tan trascendental en manos de un Concejo como el que hoy tenemos.

Nuestra solicitud es que se retire el Plan Maestro de Educación; que se instalen mesas permanentes de elaboración del Plan Maestro, con presencia de la comunidad educativa y de la sociedad para ser presentado al próximo Concejo Distrital que se posesionará en enero de 2020; y que se aseguren las partidas presupuestales con recursos públicos, especialmente del orden nacional, que no impliquen ningún tipo de endeudamiento ni privatización.



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sábado, octubre 28, 2017

LA GRAVEDAD DEL ERROR DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGENA EN LAS PRUEBAS SABER PRO.



28 de octubre de 2017.

Sergio Andrés Muñoz. Abogado. Estudiante de Comunicación Social de la Universidad de Cartagena. Miembro de la Organización Colombiana de Estudiantes, OCE.

Fotografía: Juda Berval


Recientemente se ha conocido que la Universidad de Cartagena incurrió en fallas en la inscripción de las pruebas Saber Pro[1], afectando a cientos de estudiantes de 13 programas. La grave falta de la universidad consistió en no inscribir a los estudiantes de los programas referidos en el componente de conocimientos específicos de la prueba.[2]

Revisando el cronograma para las pruebas Saber Pro establecido por el ICFES, observamos que las fechas establecidas para las solicitudes, correcciones y reclamaciones iban del martes 1 de agosto al viernes 8 de septiembre del año en curso.[3] Sin embargo, según información de los medios, la Universidad actuó con total desinterés y desidia, y sólo ofició al ICFES el 23 y 24 de octubre.

Este actuar irresponsable de la Universidad podría tener serias consecuencias, para la universidad, para los programas y para los estudiantes, veamos algunas:

CONSECUENCIAS PARA LA UNIVERSIDAD.

1. El artículo 87 de la ley 30 de 1992 establece un incremento presupuestal para las universidades en razón del cumplimiento de una serie de objetivos “y en razón al mejoramiento de la calidad de las instituciones que lo integran”.

2. El numeral 5 del artículo 102 de la ley 1819 de 2016 (Reforma Tributaria) asigna 0.6 puntos porcentuales del impuesto de renta y complementarios a “financiar las instituciones de educación superior públicas para el mejoramiento de la calidad de la educación superior”.

3. El Índice de Resultados de Formación (IRFOR) del SUE considera el “número ponderado de estudiantes de la Universidad que obtuvieron un puntaje mayor al quintil superior en las pruebas saber pro[4]. Este índice tendría incidencia en la asignación de recursos.

4. El Acuerdo 03 de 2014, expedido por el CESU, que define los lineamientos para la Acreditación Institucional, en los aspectos a evaluar incluye el “análisis permanente de los resultados de las pruebas de Estado de los estudiantes y su uso con propósitos de mejoramiento[5], esto como requisito para la acreditación Institucional.

5. Los resultados de las pruebas Saber Pro son una de las variables observadas por la herramienta MIDE (Modelo de Indicadores del Desempeño de la Educación) del Ministerio de Educación en dos de las seis dimensiones, con un porcentaje del 31%.

CONSECUENCIAS PARA LOS PROGRAMAS.

1. El valor agregado obtenido en las pruebas Saber Pro es uno de los aspectos tenidos en cuenta para la acreditación de los programas de pregrado.[6]

2. El decreto 1295 de 2010, que reglamenta el tema de los registrados calificados, estipula dentro de las condiciones para obtener dicho registro “el efecto de las estrategias aplicadas para mejorar los resultados en los exámenes de calidad para la educación superior”. [7]

CONSECUENCIAS PARA LOS ESTUDIANTES.

Las consecuencias para los estudiantes podrían variar dependiendo de los incentivos que establezca la Universidad de Cartagena, las facultades y programas. En el caso de los estudiantes de Derecho, por ejemplo, podrían verse afectados en la exoneración de los exámenes preparatorios, opción contemplada en caso de superar la media nacional. De igual forma, los estudiantes con los mejores resultados en las pruebas Saber Pro pueden acceder a becas, movilidad, entre otros.

CONCLUSIÓN.

Este error cometido por la administración de la Universidad de Cartagena, en cabeza de su rector Édgar Parra Chacón tiene gravísimas consecuencias para la Universidad, ya que podría repercutir negativamente en la financiación, haciéndole imposible acceder a una serie de recursos tan necesarios para nuestra Alma Mater; podría perjudicar los procesos de acreditación que se surten, al afectar uno de los componentes a tener en cuenta; y afectaría los índices de calidad de la Universidad.

Consideramos que el rector Parra debe presentar disculpas públicas a los estudiantes afectados y a la comunidad universitaria por no decir la verdad a los estudiantes y haber ocultado esta información; y por su negligencia y responsabilidad en este caso. Además, debe propiciar una reunión o mesa de trabajo con el ICFES y los estudiantes afectados con el objetivo de hallar soluciones reales. De igual forma, ya sea que se asigne una nueva fecha para la presentación del componente específico de la prueba o no, la Universidad debe asumir estos costos, y debe comprometerse con los estudiantes a asignarle los beneficios estipulados por la Universidad de Cartagena con respecto a las pruebas Saber Pro.

De igual forma, los estudiantes deben movilizarse, y hacer uso de sus expresiones democráticas frente a estas malas prácticas que los están afectando. Nuestro llamado es a no creer en los cantos de sirena de esta administración y de sus cómplices en los diferentes estamentos, incluido el estudiantil; a entender que hay responsables, empezando por el rector Édgar Parra; y que esas responsabilidades deben tener una consecuencia por haber ultrajado a tantos udeceistas.






[1] Fijada por la Ley 1324 de 2009 y reglamentada por los decretos 3963 y 4216 de 2009.
[4] http://www.mineducacion.gov.co/sistemasdeinformacion/1735/articles-212353_modelo1.pdf
[5] artículo 11, numeral 8, factor procesos de autoevaluación y autorregulación, característica 21, literal e.
[6] Literal g) de la Característica 16 Integralidad del Currículo del Factor 4 Procesos Académicos de los Lineamientos para la Acreditación de Programa de Pregrado. https://www.cna.gov.co/1741/articles-186359_pregrado_2013.pdf
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martes, octubre 22, 2013

DIDÁCTICA SOBRE LOS REGISTROS CALIFICADOS Y LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR

22 de octubre de 2013

Sergio Andrés Muñoz
Mesa Amplia Estudiantil del Cesar, Universidad Popular del Cesar.

Twitter: @sergioandresmn

Establece la Ley 1188 de abril de 2008, reglamentada por el Decreto 1295 de 2010: “El registro calificado es el instrumento del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior mediante el cual el Estado verifica el cumplimiento de las condiciones de calidad por parte de las instituciones de educación superior. Compete al Ministerio de Educación Nacional otorgar el registro calificado mediante acto administrativo debidamente motivado en el que se ordenará la respectiva incorporación en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior, SNIES, y la asignación del código correspondiente.”

El registro se evalúa sobre la base del cumplimiento de unas condiciones de los programas: 1. Denominación, 2. Justificación, 3. Contenidos curriculares (Las estrategias pedagógicas que apunten al desarrollo de competencias comunicativas en un segundo idioma en los programas de pregrado.), 4. Organización de las  actividades académicas, 5. Investigación, 6. Relación con el sector externo, 7. Personal docente, 8. Medios educativos, 9. Infraestructura física. Y también unas condiciones de carácter institucional: 1. Mecanismos de selección y evaluación, 2. Estructura administrativa y académica, 3. Autoevaluación, 4. Programa de egresados, 5. Bienestar universitario, 6. Recursos financieros suficientes.

Dice la web del MEN: “El trámite de registro calificado para programas nuevos corresponde a una actuación administrativa que se inicia a petición del interesado, razón por la cual, no existen fechas ni cronogramas definidos por el Ministerio para la recepción de tales solicitudes, por consiguiente, el representante legal de la institución puede realizarla en cualquier tiempo.”[i] Y además explica detalladamente el trámite administrativo, basado en los requisitos de ley, para el otorgamiento o no del registro calificado.[ii]

Además sobre la renovación de los mismos dice: “La renovación del registro calificado debe ser solicitada por las instituciones de educación superior con no menos de diez (10) meses de anticipación a la fecha de vencimiento del respectivo registro. Cuando el Ministerio de Educación Nacional resuelva no renovar el registro calificado la institución de educación superior deberá garantizar a las cohortes iniciadas la culminación del correspondiente programa en condiciones de calidad mediante el establecimiento y ejecución de un plan de contingencia que deberá prever el seguimiento por parte del Ministerio de Educación Nacional. [iii]

Ahora bien, de lo formal a lo material hay un profundo abismo. Lo primero es señalar que en el Decreto 2566 de 2003 se hablaba de “condiciones mínimas de calidad”, es decir, unos requisitos básicos bajo unos estándares mediocres que no redundan, ni redundarán, en el desarrollo de nuestro país. Los criterios de evaluación del Gobierno nacional a partir de la Ley 30 de 1992 no han elevado los criterios de excelencia de las Instituciones de Educación Superior, IES, sino que han sido una herramienta de constreñimiento y chantaje, sometiendo a las IES a una fiera competencia por recursos cada vez más escasos.

El Estado es el único con la capacidad de generar las condiciones para que las universidades y las instituciones técnicas, tecnológicas, entre otras, dispongan de los recursos adecuados y suficientes en los aspectos financiero, humano, académico, de infraestructura y de dotación, con el objetivo de que ingresen a la educación superior todas las personas capaces y no sólo las que cuentan con recursos para sufragar las altas matrículas.

Hoy, según estudios del SUE, el Estado colombiano ha dejado de girarle a las universidades públicas la suma de $ 11,3 billones de pesos que, de no ser por el esfuerzo de las universidades en cerca de $ 7,5 billones de pesos, estaríamos hablando de más de $ 18,7 billones de déficit. La situación se agrava, dado que el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2014 sólo contempla un total de $ 2,3 billones de pesos para educación superior, es decir, cerca del 1 % del total del PGN.

Pero como no hay nada tan malo que no pueda empeorar, el Congreso de la República aprobó en el articulado del Presupuesto General de la Nación, vigencia 2014, que las universidades estatales paguen las sentencias o fallos proferidos en contra de la Nación con los recursos asignados por parte de esta, en cumplimiento del artículo 86 de la Ley 30 de 1992. Ese es el tipo de autonomía que les gusta al gobierno de Santos y a los órganos multilaterales de crédito: la autonomía financiera, vía expedita a la privatización.

La Universidad Popular del Cesar tiene necesidades presupuestales anuales superiores a los $ 103 mil millones de pesos. Sin embargo, su presupuesto bordea los $ 50 mil millones, de los cuales casi el 60 % corresponde a recursos propios, una cifra que viene en aumento año tras año. Es decir, la UPC no vive, sino que sobrevive mientras se desangra lentamente. Bajo esas condiciones es imposible que exista verdadera calidad.

La Mesa Amplia Nacional Estudiantil, MANE, define la calidad en el artículo 84 de sus ELEMENTOS PRELIMINARES DE ARTICULADO PARA LA PROPUESTA DE LEY ALTERNATIVA DE EDUCACIÓN SUPERIOR como “el cumplimiento de las funciones misionales de las IES, los fines y el mejoramiento de la educación superior, garantizando la realización de los principios y el carácter de la educación definidos en la presente Ley,  en ejercicio de la autonomía y la democracia por medio de la construcción, creación, apropiación, y transmisión de los conocimientos científicos, artísticos, humanistas, técnicos y tecnológicos, y del conjunto de saberes de manera rigurosa, científica, creativa y sentible.”

Concluimos que la educación debe contribuir a transformar la sociedad y a desarrollarla para que resuelva sus problemas. Ningún país serio del mundo ha pretendido el exabrupto de los gobiernos colombianos de hablar de calidad y chantajear a las universidades con la misma cuando les adeuda $ 11,3 billones y las abandona paulatinamente. ¿Cómo pretende el Gobierno nacional que la UPC y las demás universidades públicas logren calidad y excelencia mientras les niega los recursos básicos? Sólo podremos hablar de verdadera calidad cuando el Estado asuma con seriedad su obligación con la sociedad y con la educación superior. Esto es lo que busca solucionar la MANE.

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1.     Ver ELEMENTOS PRELIMINARES DE ARTICULADO PARA LA PROPUESTA DE LEY ALTERNATIVA DE EDUCACIÓN SUPERIOR: http://manecolombia.blogspot.com/2013/10/a-lasociedad-colombiana-elementos.html





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