miércoles, enero 09, 2013

“TASA ESPECIAL DE FOMENTO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA”, UNA MÁS PARA EL FOLCLORE.


8 de enero de 2013.

Sergio Andrés Muñoz
Representante Estudiantil, Consejo de Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Popular del Cesar; Mesa Amplia Estudiantil del Cesar; Integrante Polo Joven.

Twitter: @sergioandresmn

Terminamos el 2012 con la aprobación de la Reforma Tributaria más regresiva en la historia del país; con un alza al salario mínimo del 4,02% (es decir, $760 pesos al día); una desaceleración de la economía que se tradujo en un crecimiento del PIB, en el tercer trimestre del año, del  2,1% (frente al 7,5% del año pasado)[i]; con el anuncio por parte del Gobierno Nacional de un déficit de 2,4% en el 2013, o sea  $17,7 billones de pesos[ii]; y, para no extendernos, el DANE nos reveló que la incidencia de la pobreza en el país para 2011 fue de 34,1% y la incidencia de la pobreza extrema en la misma anualidad fue de 10,6%[iii].

Pero los habitantes de Valledupar ignoraban que serían partícipes (o víctimas) de un nuevo “aguinaldo”, la Tasa Especial de Fomento de la Seguridad Ciudadana, aprobada por el Acuerdo No. 026 del 28 de diciembre de 2012 o Estatuto Tributario del Municipio de Valledupar, basados en la ley 1421 de 2010 y en el decreto 399 de 2011. Esta sobretasa consiste en un impuesto del 5% para el sector residencial y 6% para el resto, tomando como base gravable el total del consumo de energía eléctrica al mes. Dichos recursos deberán ser girados al “Fondo Cuenta Territorial de Seguridad, a la cuenta que la Secretaría de Hacienda Municipal indique, dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al mes del recaudo.”[iv]  Según el artículo 156 del Acuerdo en mención, “los recursos que se recauden por la aplicación de ésta Tasa Especial serán destinados a los gastos establecidos en el artículo 7 de la Ley 1421 de 2010 y el artículo 15 del Decreto Nacional 399 de 2011 y demás normas que la reglamenten, modifiquen o sustituyan”.

¿Cuáles son esos gastos a que se refiere el artículo 7° de la ley 1421 de 2010? Los enunciamos a continuación: “dotación, material de guerra, reconstrucción de cuarteles y otras instalaciones, compra de equipo de comunicación, compra de terrenos, montaje y operación de redes de inteligencia, recompensas a personas que colaboren con la justicia y seguridad de las mismas; servicios personales, dotación y raciones, nuevos agentes y soldados, mientras se inicia la siguiente vigencia o en la realización de gastos destinados a generar un ambiente que propicie la seguridad y la convivencia ciudadana, para garantizar la preservación del orden público.”[v] De la lectura de dicho artículo se deduce que más que importarles la seguridad misma, les importa la percepción sobre seguridad, que son cosas muy distintas y subjetivas; además, la finalidad es únicamente preservar el orden público, nada se dice del bienestar, la equidad, la prosperidad o demás componentes importantísimos.

Ante todo, es evidente que este es un impuesto altamente regresivo, al estilo del IVA, ya que grava por igual a todos los estratos. Porcentualmente hablando, no es lo mismo el 5% para un estrato 1 que un estrato 6, dados sus ingresos y su capacidad adquisitiva. Como segundo punto tenemos que ELECTRICARIBE no posee ningún tipo de miramientos con sus usuarios. Quien crea que un usuario del servicio de energía eléctrica estrato 2 en Valledupar paga menos que un estrato 4 o 5 está completamente equivocado. Lo puedo ejemplificar con mi caso personal: en nuestra residencia estrato 2 la factura del mes de noviembre de 2012 (allegada en diciembre) fue de un total de $199 mil pesos.

Lo más curioso de todo esto es que el susodicho impuesto sea cobrado por uno de los principales factores generadores de inestabilidad, inseguridad y descontento en la región: ELECTRICARIBE.

Prueba de ello son las más de 1200 quejas mensuales en contra de ELECTRICARIBE por sus abusos en las tarifas, los daños sobre electrodomésticos por culpa de la multinacional, el mal estado de postes y del servicio, entre otros.[vi] Pero sus resultados financieros son los mejores: “los ingresos operacionales no han dejado de crecer de 1.44 billones de pesos en 2005 a 2.19 billones de pesos en 2010; las utilidades brutas pasaron de 114 mil millones en 2005 a 621 mil millones en 2010; las utilidades netas se incrementaron de 12.602 millones en 2006 a 113.778 millones en 2010; el patrimonio se disparó de 823.446 millones de pesos en 2006 a 2.1 billones de pesos en 2010. Los clientes pasaron de 1.402.410 en 2005 a 2.175.000 millones en 2011. Lo que disminuyó ostensiblemente fue el número de trabajadores directos al pasar de 1.987 en 2005 a 1.477 en el 2010.”[vii]

No bastando con lo anterior, al tenor del artículo 164 del Estatuto Tributario de Valledupar, ELECTRICARIBE será premiada, ya que “podrán descontar hasta un tres por ciento (3%)” del 5% recaudado, es decir, la totalidad del impuesto que nos cobrarán ni siquiera irá a las arcas del municipio, sino que ELECTRICARIBE, no contenta con abusar de sus usuarios, recibirá un nuevo premio traducido en jugosos ingresos. Es decir, una multinacional que hace rato debió haber sido sancionada y expulsada de nuestro suelo patrio, no sólo permanece sino que recibe jugosas gabelas.

Tenemos que decir que la inseguridad está íntimamente vinculada con los índices de pobreza, miseria y desigualdad circundantes en un conglomerado social. Mientras sólo se ataquen los efectos y no las causas que la originan se seguirá reproduciendo este círculo vicioso, los recursos serán insuficientes, seguiremos siendo víctimas de la violencia, la inseguridad y la impunidad, y las multinacionales como ELECTRICARIBE, que desangran nuestro territorio, seguirán enriqueciéndose sobre nuestras costillas.






[iv] Acuerdo No. 026 del 28 de diciembre de 2012, art. 164.

[v] Ley 1421 de 2010, art. 7°.

[vii] Norman Alarcón Rodas; Electricaribe: ganancias privadas y pésimos servicios; Ponencia de la Gran Coalición Democrática del Atlántico; Barranquilla, octubre 17 de 2012. (Cifras tomadas de http://www.electricaribe.com/). 
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